¿Cómo dar de alta el gas en una nueva vivienda?

portada
Índice interactivo
25 junio, 2020 · 4 mins de lectura

Dar de alta los suministros en casa es una de las primeras tareas a abordar tras la compra o alquiler de un inmueble. En el caso de dar de alta el gas podemos decir que, en líneas generales el procedimiento es más bien sencillo. Por norma, no suele demorarse más de una semana, pero antes de empezar a pensar en llamar a la compañía, conviene que hagas acopio de la documentación, tengas claro cuánto cuesta dar de alta el gas o consultes la información sobre las tarifas existentes.

Dar de alta el gas

¿Qué necesito para dar de alta el gas?

El punto de partida es saber si la vivienda tiene ya un contrato anterior y si dispone o no de instalación de gas. En función de la respuesta nos encontramos diferentes escenarios.

Dar de alta el gas por primera vez: viviendas sin instalación

Si lo que tienes en mente es dar de alta el gas por primera vez en una vivienda sin instalación previa, hay que empezar por el principio. Lo primero es contactar con un instalador de gas natural autorizado (puedes hacerlo a través de la distribuidora de tu zona o de manera independiente). Este profesional será el encargado de realizar las adaptaciones necesarias, así como de emitir el Certificado de la instalación del gas. Por lo general, también se encargan de facilitar los trámites con la distribuidora de tu zona.

En todo caso, más allá de su intervención, dar de alta el gas por primera vez supone pagar los llamados derechos de contratación que, en la práctica, se concretan en derechos de alta y acometida. Los primeros vienen determinados por las comunidades autónomas y se pagan en cualquier nuevo suministro con un coste que suele oscilar entre los 72€ y los 106,89€. Los derechos de acometida, por su parte, se pagan en nuevas instalaciones con un coste fijo de 128,67€.

Primer alta de gas o alta de reactivación: viviendas con instalación

En viviendas con instalación de gas previa, la tarea resulta aún más sencilla, aunque hay que diferenciar varios supuestos. En el caso de que el servicio esté dado de baja desde hace menos de un año, únicamente es necesario solicitar un alta de reactivación. Pero en el caso de que el plazo sea superior, será necesario contactar de nuevo con un instalador para emitir un nuevo Certificado de la Instalación.

Si hablamos de viviendas de segunda mano o alquiler, lo normal es que no haya que dar de alta el gas, sino que únicamente sea necesario solicitar un cambio de titular. En las comunidades de vecinos, sin embargo, es necesario que el edificio cuente con una Instalación Receptora Común (debe contar con el respaldo de, al menos, un tercio de los vecinos), además de la correspondiente Instalación Receptora Individual para quienes deseen el suministro.

Documentación para dar de alta el gas

Dar de alta el gas

Será la compañía comercializadora del servicio la que contacte con la distribuidora si así lo deseas, pero antes deberás facilitar la siguiente documentación:

  • Nombre, apellidos y DNI del titular del contrato
  • Dirección y código CUPS
  • Escritura de la propiedad o contrato de alquiler
  • Licencia de primera ocupación
  • Certificado de la Instalación Receptora Individual y Común (si fuera necesario) así como certificado de la instalación térmica en caso de contar con calefacción de gas natural
  • Cuenta bancaria para la domiciliación de los recibos

Tarifas de acceso de gas natural

Con independencia de la compañía con la que contrates el servicio hay que tener en cuenta que existen diferentes tarifas de acceso de gas natural. Cada una de ellas se corresponde con un consumo y, aunque el suministro es el mismo, cambia el precio a pagar.

 

Dar de alta el gas

Al dar de alta el gas por primera vez, la compañía te consultará el uso que darás al suministro para atribuirte una u otra tarifa. No obstante, cada año deben analizarse los datos para reasignar la más apropiada en caso de que sea necesario.

En concreto, las diferentes tarifas de acceso al gas natural se organizan de la siguiente manera:

  • Tarifa 3.1: para consumo inferior a 5.000kWh al año. Es la más apropiada en hogares en los que el suministro de gas natural va destinado únicamente al agua caliente sanitaria (ACS) y/o la cocina.
  • Tarifa 3.2: para consumo de entre 5.000 y 50.000kWh al año. La más frecuente en los hogares con calefacción de gas natural con independencia de si lo utilizan también para el ACS y la cocina.
  • Tarifa 3.3: para consumos de 50.000 a 100.000kWh al año. Generalmente en negocios o viviendas con gran consumo.
  • Tarifa 3.4: para consumos superiores a 100.000kWh al año. Como en el caso anterior, suele asignarse únicamente a negocios o comunidades de vecinos.

Al margen de esta tarifa para determinar el coste fijo por la prestación del servicio también has de elegir la compañía con la que lo contrastas, bien optando por una tarifa oficial (TUR) o bien por una oferta del mercado libre.