Cada cuánto tiempo se pasa la Inspección Técnica de Edificios (ITE)

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20 agosto, 2020 · 3 mins de lectura

La Inspección Técnica de Edificios (ITE) es a los edificios lo que la ITV a los vehículos a motor, se materializa en un análisis visual del estado de la construcción, que contempla diferentes aspectos: desde la estructura y cimentación hasta los elementos de accesibilidad tales como escaleras, rampas, barandillas y similares; pasando por las fachadas y medianeras, las cubiertas y azoteas o las instalaciones de fontanería y saneamiento.

Un técnico cualificado, ya sea un aparejador, un ingeniero o un arquitecto, es el encargado de verificar que el edificio en cuestión resulta seguro tanto para los inquilinos como para los viandantes.

inspección técnica

La inspección de edificios es obligatoria para todas las viviendas plurifamiliares que tengan más de 50 años. Así lo recoge el Real Decreto Ley 8/2011 de 1 de julio, marco legal para este trámite dependiente de las administraciones locales. De hecho, la normativa también incluye la inspección técnica de edificios de más de 50 años siempre que estos estén destinados al uso residencial en municipios que superen los 25.000 habitantes, aunque es un trámite al que también pueden someterse otro tipo de edificaciones.

Del análisis realizado por el técnico pueden derivarse diferentes intervenciones que corresponden a distintos grados de urgencia:

  • Grado 1: Es la más urgente dado que, en estos casos, las deficiencias detectadas son muy graves. Su reparación o la actuación que requiera el edificio debe hacerse en un plazo máximo de 24 horas.
  • Grado 2: También resulta acuciante, aunque se trata de deficiencias graves que dan algo más de margen. En este caso se trataría de solventar problemas del edificio que pueden ocasionar daños a corto plazo, por ejemplo, a personas u otros bienes ajenos.
  • Grado 3: Esta calificación hace referencia a deficiencias leves o puntuales. Dicho de otro modo, son fallos que no afectan directamente al funcionamiento del edificio y pueden resolverse a medio plazo.
  • Grado 4: Sin deficiencias o, lo que es lo mismo, con la única necesidad de abordar tareas propias del mantenimiento habitual de la construcción.

Una vez realizada la inspección técnica del edificio y presentada al organismo competente pueden darse dos casos. Si todo va bien, el resultado será favorable y no requerirá actuación alguna. En caso contrario, habrán de realizarse todas aquellas reformas tendentes a solucionar las deficiencias.

Eso sí, la inspección técnica de edificios de más de 50 años no es una cosa puntual. Una vez presentada la primera, deberá repetirse cada diez años. De hecho, algunos ayuntamientos imponen sanciones para quienes no cumplen con este trámite que permite avalar el estado óptimo de conservación de las construcciones. No es que hagan inspecciones de oficio, sino que, en caso de accidente, la situación puede complicarse notablemente si el edificio en cuestión no cuenta con la correspondiente ITE favorable.

solicitar la inspección técnica

Cómo solicitar la inspección técnica de un edificio

Los encargados de solicitar la inspección técnica de un edificio son los propietarios o, en su defecto, la comunidad de propietarios.

Dado que se trata de un trámite gestionado a través de la administración local, son los propios ayuntamientos los que establecen las singularidades de cada procedimiento. A diferencia de otros trámites, en este caso, su coste no está regulado por lo que es el propio profesional que realiza inspección quien se encarga de fijar sus honorarios.

Por lo general, es el arquitecto, ingeniero o técnico cualificado responsable de la inspección del edificio quien se encargará de cumplimentar la documentación necesaria que, posteriormente, deberá ser trasladada por la comunidad de propietarios o el propio profesional a la administración. A esta última corresponderá la tarea de emitir el certificado de aptitud correspondiente una vez que la ITE avale el correcto estado del edificio.