Si te preocupa que una construcción vecina esté afectando o pueda afectar tu propiedad, saber qué es un interdicto de obra nueva es clave. Los interdictos de obra nueva se presentan como una herramienta legal fundamental para proteger tu patrimonio.
En un entorno urbano en constante evolución, donde las reformas y las nuevas promociones son habituales, es lógico que surjan conflictos entre vecinos colindantes. No se trata solo de molestias por ruido o polvo, sino de riesgos reales para la estabilidad de tu edificio o invasiones físicas en tu terreno. La ley entiende que esperar a la finalización de un juicio ordinario podría hacer que el daño fuera irreversible, por lo que dota a estos interdictos de un carácter de urgencia especial para salvaguardar la integridad de lo edificado.
En este artículo, te explicamos en detalle qué son los interdictos de obra nueva, cómo puedes utilizarlos para detener una construcción perjudicial y cuáles son los requisitos legales para solicitar su paralización. Además, abordamos los casos más comunes en los que los propietarios recurren a los interdictos de obra nueva para evitar perjuicios en su vivienda o terreno.
¿Qué es un interdicto posesorio?
Cuando realizas una inversión en inmuebles, tu prioridad es la seguridad y la tranquilidad. Sin embargo, puede surgir la preocupación de que una construcción vecina esté afectando o pueda afectar tu propiedad. Ante una situación así, los interdictos de obra nueva se presentan como una herramienta legal fundamental para proteger tu patrimonio.
Es vital comprender que esta herramienta no entra a debatir quién es el propietario legítimo según el Registro de la Propiedad, sino quién tiene la posesión real en ese momento. La justicia prioriza el orden social y evita que nadie se tome la justicia por su mano. Por tanto, la rapidez es la esencia de este mecanismo.
Interdictos de retener y recobrar
Además de la protección ante obras, existen otras figuras. La gestión de la posesión puede resultar compleja, especialmente en situaciones legales delicadas como un proindiviso, donde la titularidad es compartida. Aquí entran en juego los interdictos de retener y recobrar:
- Interdicto de retener la posesión: Se utiliza cuando estás siendo perturbado en tu posesión, pero aún no has sido despojado de ella. Por ejemplo, si un vecino está realizando obras que generan ruidos excesivos y te molestan, tú podrías interponer un interdicto de retener la posesión para que cese la perturbación.
- Interdicto de recobrar la posesión: Se utiliza cuando has sido despojado de tu posesión. Por ejemplo, si te desalojan ilegalmente de tu vivienda, podrías interponer un interdicto para recobrar la posesión para que se te restituya en la misma.
En el día a día de una comunidad de propietarios, estas situaciones pueden manifestarse de formas más sutiles que un desalojo. Por ejemplo, la instalación de vallas que invaden ligeramente los lindes de tu parcela o alteraciones en los caminos de acceso que impiden tu paso habitual serían casos susceptibles de un interdicto de recobro. Por otro lado, amenazas continuadas de un vecino sobre cortar suministros o bloquear entradas encajarían en la figura de retener.
¿Qué ocurre después de solicitar un interdicto de obra nueva?
El proceso para solicitar interdictos de obra nueva suele ser sumario y rápido. Una vez presentada la demanda, el juez suele ordenar la paralización cautelar inmediata, sin escuchar previamente a la parte demandada, para evitar que la construcción continúe causando daños durante el proceso.
Posteriormente, el constructor puede presentar alegaciones y el juez evaluará, a menudo mediante peritos, si existe un riesgo real. Si la sentencia es favorable, se confirmará la paralización definitiva o se exigirán medidas de seguridad. Es importante recordar que los interdictos de obra nueva son procedimientos posesorios, no deciden sobre la propiedad del terreno, sino sobre la seguridad urgente.
Un aspecto técnico relevante en esta fase es la posibilidad de que el juez solicite una caución o fianza al demandante. Esta medida sirve para cubrir los posibles daños y perjuicios que la paralización pudiera causar al constructor demandado en caso de que, finalmente, la sentencia declare que la obra era legítima y segura. Por ello, antes de iniciar este camino, es recomendable contar con un informe pericial sólido que demuestre objetivamente el riesgo, diferenciando claramente entre una simple molestia vecinal y un daño estructural o riesgo físico real para tu propiedad.
En Metrovacesa, entendemos que la seguridad de tu vivienda es innegociable y sabemos que los interdictos de obra nueva son recursos vitales para garantizarla. Por eso, te ofrecemos información clara para que puedas actuar con rapidez ante cualquier riesgo constructivo externo, defender tus derechos y seguir cuidando de tu hogar con total confianza.
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